{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "600" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR - MOTOCICLOS - VELOCIPEDOS - VEHICULOS AUTOMOTORES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/12/17/15" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/12/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/12/1992" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1992 
  ,"pagina" : 1041 
  } 
  ,"vistos" : "     Visto: los decretos 494/990 de 29 de octubre de 1990, por el cual se\r\nprohibe la importación de determinados Chassis y Carrocerías para\r\nvehículos automotores y 583/990 de 18 de diciembre de 1990 por el que se\r\nprohibe la importación de motociclos, velocípedos, partes, piezas sueltas\r\ny accesorios.\r\n\r\n    Considerando: que a la fecha no se ha resuelto totalmente la situación\r\nque motivara el dictado de las normas referidas en el Visto.\r\n\r\n    Atento: a lo dispuesto por el literal c) del inciso 2º de la ley\r\n12.670 de 1º de diciembre de 1959,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/600-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Prorrógase por 120 días (ciento veinte días) la prohibición de\r\nimportación de los bienes a que refiere el artículo 1 del decreto 494/990\r\nde 29 de octubre de 1990 y disposiciones concordantes y complementarias,\r\ncon las mismas responsabilidades y consecuencias establecidas por los\r\nartículos 2 y 3 del mismo decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/600-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Prorrógase por 120 días (ciento veinte días) la prohibición de\r\nimportación de bienes a que se refiere el artículo 1 del decreto 583/990\r\nde 18 de diciembre de 1990 y disposiciones concordantes y complementarias.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/600-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "     El Presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en\r\ndos diarios de circulación nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/600-1992/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - WILSON ELSO\r\nGOÑI\r\n " 
 }