PRORROGA EN LA FIJACION DE APORTE PATRONAL DE CONTRIBUCION ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL. INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION




Promulgación: 22/02/2002
Publicación: 01/03/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 285
                                                                         
VISTO: lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Nº 85/001, de 23 de 
febrero de 2001.

RESULTANDO: que por el mismo se establece el plazo de vigencia del 
incentivo previsto en el artículo 2º de la Ley 17.292, de 25 de enero de 
2001.

CONSIDERANDO: que habiendo vencido el plazo y manteniéndose incambiados 
los motivos que dieron fundamento al mismo, es oportuno y conveniente 
proceder a su prórroga a efectos de mantener en vigencia el referido 
incentivo.

ATENTO: a lo expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2002 el plazo establecido en el 
artículo 4º del Decreto Nª 85/001, de 23 de febrero de 2001.-
Referencias al artículo

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - ALBERTO BENSION - ALVARO ALONSO


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