{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "60" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DEL SALARIO MINIMO NACIONAL. FEBRERO 1990" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/04/04/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/02/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/04/1990" 
  ,"vistos" : "    Visto: la necesidad de fijar el Salario Mínimo para los trabajadores\r\ncomprendidos en las actividades del Grupo Nº 1 - Comercio no alcanzados\r\npor otros decretos.\r\n\r\n   Resultando: I)Que por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 8 de\r\nnoviembre de 1989, se fijó con carácter Nacional un Salario Mínimo para\r\nlos referidos trabajadores de N$ 73.697 (nuevos pesos setenta y tres mil\r\nseiscientos noventa y siete) con vigencia desde el 1º de octubre de 1989\r\ny hasta el 31 de enero de 1990;\r\n  II) Que conforme a los lineamientos establecidos para la determinación\r\nadministrativa de los salarios de los trabajadores de las actividades\r\ncomerciales que no instrumentaron convenios colectivos homologados por el\r\nPoder Ejecutivo, comprendidos en el grupo Nº 1 - Comercio, se habrán de\r\nestablecer ajustes salariales cuatrimestrales.\r\n\r\n   Considerando: I)Que resulta necesario proceder a fijar a partir del 1º\r\nde febrero de 1990 el Salario Míimo para los trabajadores antes\r\nmencionados.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto en el decreto ley 14.791 de 8 de junio de 1978 y\r\nel decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio de 1978,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/60-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase en un 22% (veintidós por ciento) el Salario Mínimo vigente\r\nal 1º de octubre de 1989 del Grupo 1 - Comercio, para las actividades no\r\nincluidas en otros decretos, estableciéndose con carácter Nacional, su\r\nmonto en N$ 89.910 (nuevos pesos ochenta y nueve mil novecientos diez),\r\ncon vigencia del 1º de febrero de 1990 y hasta el 31 de mayo de 1990. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/60-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - LUIS BREZZO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI\r\n " 
 }