{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "60" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "DECLARACION DE LIQUIDACION DEL BANCO MERCANTIL DEL RIO DE LA PLATA Y DEL BANCO DE FOMENTO INDUSTRIAL Y COMERCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/01/27/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/01/1975" 
  ,"vistos" : "   Visto: el artículo 2.o de la ley 14.332 de 23 de diciembre de 1974 que prevé que la fecha de las respectivas liquidaciones de los Bancos Mercantil del Río de la Plata y de Fomento Industrial y Comercial será determinada por el Poder Ejecutivo.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay.\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/60-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Declárase en estado de liquidación al Banco Mercantil del Río de la Plata y al Banco de Fomento Industrial y Comercial a partir del día primero de enero de mil novecientos setenta y cinco. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/60-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS " 
 }