Amplíase el Decreto Nº 609/969 de fecha 4 de diciembre de 1969 disponiendo que la venta del maíz importado al amparo de la ley americana Nº 480, a que refiere dicha norma podrá ser entregado también en Paysandú y en otros puntos del país a determinar por el Ministerio de Ganadería y Agricultura.