FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES. ENERO 2014




Promulgación: 16/01/2014
Publicación: 28/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 34
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones,
establecido por la Ley N°. 16.492, de 2 de junio de 1994.

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de
algunos productos.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la mencionada Ley N° 16.492.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2% a las exportaciones
embarcadas a partir de la fecha de vigencia del presente decreto, para las
posiciones arancelarias que se indican seguidamente:

8536.90.90.90
8538.10.00.00

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc

JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA - ROBERTO KREIMERMAN - TABARÉ AGUERRE
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