FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASEBA S.A. ENERO 2006




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 10/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1749
   VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A. tendiente a la aprobación
del Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural correspondiente al servicio
de distribución de Montevideo, a regir a partir del 1º de enero de 2006,
según planilla anexa.

   RESULTANDO: que para el ajuste del Cuadro de Tarifas Máximas de gas
natural se recoge la variación del PPI (Producer Price Index), así como
los cargos de transporte de gas y las alícuotas de comisiones sobre
importaciones recaudadas por el Banco de la República Oriental del
Uruguay que entran en vigencia a partir del 1º de enero de 2006.

   CONSIDERANDO: que el ajuste propuesto se compatibiliza con lo establecido en el Anexo Tarifas de Gas Natural de la Addenda al Contrato
de Concesión que fuera firmada con fecha 6 de febrero de 2002, así como con los valores resultantes de la revisión de los cálculos realizados por
la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear.

   ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Art. 51 de la
Constitución de la República.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase a la empresa Gaseba Uruguay S.A. el ajuste en sus tarifas a
regir a partir del 1º de enero de 2006, para el servicio de distribución
de gas natural de Montevideo, conforme al Cuadro de Tarifas Máximas que
se anexa y forma parte del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 599/005 de 
30/12/2005.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
Ayuda