FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASODUCTO CRUZ DEL SUR S.A. ENERO 2006




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 10/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1747
Referencias a toda la norma
   VISTO: la solicitud de Gasoducto Cruz del Sur S.A., tendiente a
aprobar los cuadros tarifarios para transporte firme e interrumpible de
gas, a partir del 1º de enero de 2006.

   RESULTANDO:  que conforme a lo establecido en el Anexo "C 3" del contrato de concesión celebrado el día 22 de marzo de 1999 entre el
Estado y la empresa, dichos ajustes son determinados en base a la variación ocurrida en el valor del Indice de Precios del Productor (IPP)
publicado periódicamente por la Oficina de Estadísticas del Trabajo de
los Estados Unidos de América.

   CONSIDERANDO: que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua
(URSEA) creada por Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002, y la
Dirección Nacional de Energía, no han opuesto reparos a la modificación
tarifaria propuesta.

   ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Art. 51 de la
Constitución de la República,

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase los cuadros tarifarios a regir a partir del 1º de enero
de 2006 por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del
Sur S.A., para transporte firme e interrumpible de gas, los cuales forman
parte del presente decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Cuadro tarifario).

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA
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