RECOPILACION DE NORMAS RELATIVA A LOS TRIBUTOS RECAUDADOS POR LA DGI




Promulgación: 21/09/1988
Publicación: 06/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 462
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES - FIANZAS, CLAUSURAS Y TRANSFERENCIAS

Artículo 15

    Plazo especial de inscripción.- Los sujetos pasivos del Impuesto al
Patrimonio de la Personas Físicas, Núcleos Familiares y Sucesiones
Indivisas, del Impuesto a las Actividades Agropecuarias y del Impuesto  a
las Rentas Agropecuarias, deberán inscribirse con antelación al
vencimiento del plazo de que disponen para el pago, para la presentación
de la declaración jurada o antes de que se verifiquen retenciones.
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