{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "595" 
  ,"anioNorma" : 1988 
  ,"nombreNorma" : "MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL. MINISTERIO DEL INTERIOR. MINISTERIO DE\r\nGANADERIA AGRICULTURA Y PESCA. MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA. FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES - UNIDADES EJECUTORAS. EJERCICIO 1988. PROVENTOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/03/30/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/09/1988" 
  ,"fechaPublicacion" : "30/03/1989" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1988 
  ,"pagina" : 457 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos\r\nExtrapresupuestales presentados por Unidades Ejecutoras de los Incisos 03\r\n\"Ministerio de Defensa Nacional\", 04 \"Ministerio del Interior\", 07\"\r\nMinisterio de Ganadería, Agricultura y Pesca\" y 11 \"Ministerio de\r\nEducación y Cultura\".\r\n\r\nConsiderando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado\r\nsus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido\r\ncon las demás disposiciones que regulan la materia.\r\n\r\nAtento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto-ley 14.416 de\r\n28 de agosto de 1975, con la redacción dada por el artículo 45 de la\r\nley 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la\r\nContaduría General de la Nación y la Asesoría Técnico-Financiera del\r\nMinisterio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n                        El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/595-1988/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos\r\nPúblicos Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1988,\r\npresentados por Unidades Ejecutoras de los Incisos 03  \"Ministerio de\r\nDefensa Nacional\", 04 \"Ministerio del Interior\", 07 \"Ministerio de\r\nGanadería, Agricultura y Pesca\" y 11 \"Ministerio de Educación y Cultura\",\r\npor un monto total de N$ 720:328.303,00 (nuevos pesos setecientos veinte\r\nmillones trescientos veintiocho mil trescientos tres) y OHR 477.903,36\r\n(Obligaciones Hipotecarias Reajustables cuatrocientas setenta y siete mil\r\nnovecientas tres con 36/100), de acuerdo a detalle consignado en anexo\r\nadjunto,<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> que es parte integrante del presente decreto. " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1989/03/30/1\" target=\"_blank\">Nº 595/988</a> de \r\n21/09/1988.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/595-1988/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y a la Contaduría\r\nGeneral de la Nación, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - LUIS MOSCA - ANTONIO MARCHESANO - HUGO M. MEDINA - NAHUM BERGSTEIN - PEDRO BONINO GARMENDIA\r\n " 
 }