REGLAMENTACION DE LAS MEDIDAS DE CAPACIDAD. METROLOGIA LEGAL




Promulgación: 06/11/1985
Publicación: 10/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1008
Referencias a toda la norma

Artículo 16

    El volumen de la medida debe ser claramente determinado por una de las
siguientes maneras:
1) Por la parte inferior de una línea de referencia continúa en un plano
   horizontal cuya longitud sea por lo menos de media circunferencia o
   por dos segmentos de circunferencia diametralmente opuestos.
2) Por el plano horizontal del borde superior.
3) Sistemas diferentes de los anteriores que sean aprobados por la
Dirección de Metrología Legal.
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