{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "593" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE PAYSANDU. EJERCICIO 1980" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/11/24/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/11/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/11/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 1197 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Paysandú, por la cual\r\npropone al Poder Ejecutivo una modificación presupuestal para el ejercicio\r\n1980.\r\n\r\n  Resultando: que esta modificación presupuestal cuenta con la aprobación\r\nde la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del\r\nTribunal de Cuentas.\r\n\r\n  Considerando: que de no recaudarse la totalidad de los recursos\r\nprevistos, deberán abatirse gastos a los efectos de mantener el equilibrio\r\npresupuestal.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas,\r\n\r\n                  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/593-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la modificación presupuestal para el ejercicio 1980 propuesta\r\npor la Intendencia Municipal de Paysandú (Intendencia Municipal y Junta de\r\nVecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 56:259.560.91 (cincuenta y seis\r\nmillones doscientos cincuenta y nueve mil quinientos sesenta nuevos pesos\r\ncon 91/100).\r\n\r\n     Los mismos presentarán la siguiente composición:\r\n\r\n                         I)   Egresos\r\n\r\n                    (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n                                             Vigente        Proyectado\r\n                                                  -              -\r\nRetrib. Personales ........................  13.550,4       21.597,5\r\nBenef. y Cargas Soc. ......................   3.241,3        4.667,8\r\n                                             ---------      ----------\r\n                                             16.791,7       26.265,3\r\nGastos de Funcionam. ......................   4.523,3       14.225,2\r\nInversiones ...............................   9.649,7       15.769,0\r\n                                             ---------      ----------\r\n     Total ................................  30.964,7       56.269,5\r\n                                             ---------      ----------\r\n                         II)  Recursos\r\n\r\n                    (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\nA)   De origen departamental\r\n\r\n     1    Impuestos:\r\n                                             Vigente        Proyectado\r\n                                                  -              -\r\n          Remates ........................    7.000,0       11.850,3\r\n          Cont. Inmob. Rural .............    3.234,0        4.995,0\r\n          Cont. Inmob. Urbana ............    2.130,0        3.600,0\r\n          Patente de Rodados .............    2.700,0        6.550,0\r\n          Emp. de Vehículos ..............      217,5          588,0\r\n          S/act. Comerc. .................    1.046,5        1.551,0\r\n          Otros ..........................    2.766,0        4.847,3\r\n          Recargos .......................    1.200,0        2.400,0\r\n\r\n     2    Tasas:\r\n\r\n          De Servicio Público ............    2.320,0        3.150,0\r\n          De Alumbrado Público ...........      500,0          650,0\r\n          De Serv. Administrativo ........      684,0          668,0\r\n          S/Higiene y Salud ..............      932,0        1.530,0\r\n          Otros ..........................      639,5        1.467,0\r\n\r\n     3    Precios ........................    1.287,4        1.661,4\r\n     4    Cont. por Mejoras ..............      150,0        2.050,0\r\n     5    Multas Dto. 8.409 art. 7 .......      717,5        1.670,0\r\n\r\nB)   De origen nacional\r\n\r\n     Subsidios ...........................      199,0          199,0\r\n     Aporte Patronal DGSS ................    2.241,3        3.932,5\r\n\r\nC)   Endeudamiento\r\n\r\n     Préstamo B.R.O.U. ...................    1.000,0        1.000,0\r\n     Fondo B.H.U. ........................                   1.900,0\r\n                                             ---------      ---------\r\n     Total ...............................   30.964,7       56.259,5\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/593-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    En caso de no recaudarse los recursos previstos deberán abatirse gastos\r\nen forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/593-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General\r\nde la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de\r\ninsuficiencia financiera en los términos dispuestos por el artículo 50 de\r\nla ley 14.550 de 10 de agosto de 1976.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/593-1980/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La modificación de los montos imponibles de la Contribución\r\nInmobiliaria Urbana y Suburbana para el ejercicio 1980, debe tramitarse\r\nteniendo en cuenta lo dispuesto por el decreto 245/980 y el artículo 5º\r\nliteral c) del Decreto Constitucional 3/976.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/593-1980/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Se mantienen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no\r\nmencionadas expresamente en la presente modificación.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/593-1980/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y pase a la Intendencia Municipal de Paysandú,\r\na sus efectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }