{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "591" 
  ,"anioNorma" : 1991 
  ,"nombreNorma" : "LEVANTAMIENTO DE LA VEDA DE EXTRACCION RECOLECCION Y COMERCIALIZACION DE\r\nALMEJAS MEJILLONES Y BERBERECHOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1991/12/09/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/11/1991" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/12/1991" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1991 
  ,"pagina" : 681 
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  ,"vistos" : "   Visto: los últimos estudios biológicos realizados por el Instituto\r\nNacional de Pesca, a los fines que se expresarán.\r\n\r\n  Resultando: por decreto del Poder Ejecutivo de fecha 11 de setiembre de\r\n1991, se declaró la veda con prohibición de extracción, recolección y\r\ncomercialización en fresco, de las especies de moluscos bivalvos: Almeja\r\n(Mesodesma maetroides), Mejillón (Mytilus edulis platensis) y Berberechos\r\n(Demax hanleyanus).\r\n\r\n  Considerando: los últimos resultados de las pruebas de toxicidad en\r\nmoluscos bivalvos llevadas a cabo en los días 23 y 30 de octubre pasado\r\npor el Laboratorio de Microbiología de la División Industrias del\r\nlnstituto Nacional de Pesca, que verifican índices por debajo de los\r\nniveles considerados no aptos para consumo humano.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto en los artículos 15 y 17 de la ley 13.833, de 29\r\nde diciembre de 1969, los artículos 3º literal D) y 6º del decreto ley\r\n14.484, de 18 de diciembre de 1975, artículos 24 y 25 del decreto\r\nreglamentario de la Ley de Pesca 711/971, de 28 de octubre de 1971 y a lo\r\ninformado por el Instituto Nacional de Pesca,\r\n\r\n                    El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/591-1991/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Levántese la veda de extracción, recolección y comercialización en\r\nfresco de las especies de moluscos bivalvos: Almeja (Mesodesma\r\nmaetroides), Mejillón (Mytilus edulis platensis) y Berberechos (Demax\r\nhanleyanus).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/591-1991/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en\r\ndos (2) diarios de circulación nacional.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS\r\n " 
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