CONVENIO SOBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL. NORMAS Y METODOS RECOMENDADOS INTERNACIONALES. INVESTIGACION DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACION




Promulgación: 11/02/2003
Publicación: 18/02/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 250
VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea, por la cual 
solicita la incorporación al derecho interno de las Normas y Métodos 
Recomendados Internacionales - Investigación de accidentes e incidentes 
de aviación - Anexo 13 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional - 
Novena edición - julio de 2001.-

RESULTANDO: que el mencionado anexo incorporó todas las enmiendas 
adoptadas por el Consejo de la Organización de Aviación Civil 
Internacional antes del 27 de febrero de 2001 y reemplaza desde el 1ro. 
de noviembre de 2001 todas las ediciones anteriores del mismo.-

CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del 
Convenio sobre Aviación Civil Internacional ratificado por Ley 12.018 del 
4 de noviembre de 1953, las Normas y Métodos Recomendados en vista, son 
ya de aplicación internacional.-

II) que no conteniendo las Normas y Métodos Recomendados Internacionales 
en vista, disposiciones que contraríen la legislación y el orden público 
internos, corresponde, conforme a lo preceptuado en los artículos 37 y 54 
del mencionado Convenio sobre Aviación Civil Internacional, declarar 
aplicables en el derecho interno las Normas y Métodos Recomendados 
Internacionales en vista.-

ATENTO: a lo establecido por el artículo 72 de las Normas de Política 
Aeronáutica aprobadas por el Decreto 325/974 del 26 de abril de 1974, a 
lo preceptuado por el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, a lo 
informado por la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura 
Aeronáutica y el Comando General de la Fuerza Aérea y a lo dictaminado 
por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Decláranse aplicables en el derecho interno a partir de su publicación 
en el Diario Oficial las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - 
Investigación de accidentes e incidentes de aviación - Anexo 13 al 
convenio sobre Aviación Civil Internacional - Novena edición - julio de 
2001.-

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea, a 
sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - YAMANDU FAU - DIDIER OPERTTI - LUCIO CACERES


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