FIJACION DE UN REGIMEN PARA LA INTRODUCCION DE BIENES ADQUIRIDOS POR FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR, QUE INGRESEN AL PAIS




Promulgación: 02/09/1986
Publicación: 05/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 307
Referencias a toda la norma

II - VEHICULOS AUTOMOTORES

Artículo 8

    El tiempo de permanencia de los funcionarios en destino se computará
desde el día de la toma de posición efectiva del cargo, hasta el término
de la misión, el cual será comunicado al Ministerio de Relaciones
Exteriores por la Embajada o el respectivo Consulado General de la
República en el exterior.
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