{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "584" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION A LA REGLAMENTACION DEL REGIMEN DE DEVOLUCION DEL IVA A TURISTAS NO RESIDENTES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2010/01/04/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/12/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/01/2010" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 1994 
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  ,"vistos" : " VISTO: el artículo 32 de la Ley N° 18.083 del 27 de diciembre de 2006, y\r\nsu Decreto Reglamentario N° 333/009 del 20 de julio de 2009.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por las normas citas, se faculta al Poder Ejecutivo a\r\nestablecer un régimen de devolución total o parcial, del Impuesto al Valor\r\nAgregado incluido en las adquisiciones de bienes de producción nacional,\r\nrealizadas por turistas no residentes en el país, siempre que tales bienes\r\nestén destinados a ser utilizados o consumidos en el exterior de la\r\nRepública.\r\n\r\nII) que la devolución referida implica un impulso relevante a dicho sector\r\nde actividad.\r\n\r\nIII) que en la norma legal se establece que la devolución operara en los\r\npasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto de\r\nLaguna del Sauce, Puerto de Montevideo y Puerto de Colonia; y que dicha\r\nnomina podrá ser ampliada en función del movimiento turístico y de las\r\ndisponibilidades logísticas de los restantes pasos de frontera.\r\n\r\nIV) que en el artículo 1° del Decreto reglamentario se establecen las\r\nobligaciones comprendidas en tanto el egreso del país se produzca a través\r\nde los pasos de frontera mencionados.\r\n\r\nVI) que se considera conveniente incluir a los pasajeros y tripulación de\r\nlos cruceros que llegan a la Terminal de Arribos de Punta del Este.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que corresponde ejercer las facultades dispuestas.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 333/009 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 20/07/2009 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/333-2009/1\" >1</a> inciso 3º).\r\n" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA - JORGE BRUNI - GONZALO FERNANDEZ - VICTOR\r\nROSSI - HECTOR LESCANO\r\n " 
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