PROCEDIMIENTO DE CONTROL Y COMERCIALIZACION DE AZUCAR PARA USO INDUSTRIAL Y DEROGACION DEL DECRETO 284/011




Promulgación: 29/02/2016
Publicación: 16/03/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 16

   Cométese al LATU a:

i) Verificar la información presentada por las empresas industriales al
   solicitar un CERTIFICADO DE USO INDUSTRIAL, indicada en el artículo
   4°.
ii)     Inspeccionar todos los locales utilizados por los importadores
   intermediarios y empresas industriales, labrándose acta de cada
   inspección.
iii)     Verificar y controlar el uso industrial del azúcar afectado al
   presente régimen, a partir de la información indicada por los
   artículos 2°, 13° y 14°. A los efectos de realizar esta verificación y
   control, podrá solicitarse a las empresas involucradas, toda la
   información adicional que se estime pertinente.
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