{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "58" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/02/23/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/02/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/02/2005" 
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  ,"vistos" : " VISTO: que por Decreto Nº 3/994 de fecha 7 de enero de 1994 se aprobó la\r\nasignación de cargos presupuestales y funciones contratadas de los\r\nfuncionarios de la Administración Nacional de Puertos.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que la Gerencia de Proyectos de dicha Administración y\r\nante la gestión realizada por el funcionario de la misma Sr. Daniel\r\nAguirre, resolvió propiciar ante el Poder Ejecutivo la transformación de\r\n1 (un) cargo de Técnico I - Nivel 1 - del Renglón - 2311.1 A, Personal\r\nTécnico Profesional A en un cargo de Sub Jefe de Sector - Nivel 4 del\r\nRenglón - 2311.3 Personal Administrativo.\r\n\r\nII) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al expedirse al respecto\r\nmanifiesta: a) que la Sección Planificación Presupuestaria de la\r\nAdministración Nacional de Puertos en informe de fecha 7 de setiembre de\r\n2004, expresa que por aplicación del Artículo 8º del Decreto Nro. 441/003\r\ndel 30 de octubre de 2003 (Aprobatorio del Presupuesto 2004 de la\r\nAdministración Nacional de Puertos) el Directorio puede efectuar\r\ntransformaciones de cargos y funciones que no supongan incremento de\r\ngastos, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a los\r\nefectos de adecuar la estructura de cargos a las reales necesidades de la\r\nEmpresa. Asimismo, destaca que por equivalencia de los precios de sueldo\r\nbásico, el cargo de Técnico I Nivel 1 del Renglón 2311.1 A Personal\r\nTécnico Profesional A se puede transformar en un cargo de Sub Jefe de\r\nSector Nivel 4 - del Renglón 2311.3 - Personal Administrativo más una\r\npartida fija equivalente a la diferencia de sueldos entre dichos cargos,\r\ncon lo cual nohabría incremento del gasto.\r\nb) que por lo expuesto precedentemente, se sugiere aprobar la\r\ntransformación del cargo solicitada, la que podrá ser puesta en práctica\r\na partir de la fecha de vigencia del presente Decreto.\r\n\r\nIII) Que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas no opone reparos a la gestión de referencia.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto precedentemente.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "  Modifícase el Decreto Nro. 3/994 de fecha 7 de enero de 1994, por el que\r\nse aprobó la asignación de cargos presupuestales y funciones contratadas\r\nde los funcionarios de la Administración Nacional de Puertos y ante la\r\ngestión formulada por el funcionario de la misma, Sr. Daniel Aguirre,\r\nestableciéndose que 1 (un) cargo de Técnico I Nivel 1 - del Renglón\r\n2311.1 A - Personal Técnico Profesional A, debe entenderse transformado\r\nen 1 (un) cargo de Sub Jefe de Sector Nivel 4 del Renglón 2311.3 -\r\nPersonal Administrativo, más una partida fija equivalente a la diferencia\r\nde sueldos entre dichos cargos.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Establécese que la transformación de dicho cargo se pondrá en práctica a\r\npartir de la fecha de vigencia del presente Decreto.\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "  Vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus efectos.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BATLLE - GABRIEL PAIS\r\n " 
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