{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 2000 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE TRASPLANTES DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2000/02/24/17" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/02/2000" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/02/2000" 
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  ,"pagina" : 446 
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  ,"vistos" : " VISTO: la necesidad de dotar al Banco Nacional de Organos y Tejidos de un\r\nórgano de apoyo de su gestión;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el artículo 4º de la Ley No. 14.005 de 17 de agosto de\r\n1971 comete al Ministerio de Salud Pública en coordinación con el\r\nHospital de Clínicas \"Dr. Manuel Quintela\", la determinación de las\r\nnormas de instalación y funcionamiento del o de los Bancos de Organos y\r\nTejidos y el Decreto Nº 86/977 de 24 de febrero de 1977 que creó el\r\n\"Banco Nacional de Organos y Tejidos\";\r\n\r\nII) que por Decreto Nº 637/977 de 15 de noviembre de 1977 se aprobaron\r\nlos estatutos de dicho \"Banco Nacional de Organos y Tejidos\";\r\n\r\nIII) que el artículo 398 de la Ley No. 16.736 de 5 de enero de 1996 crea\r\nla Unidad Ejecutora 071 \"Banco Nacional de Organos y Tejidos\" dentro del\r\nPrograma 1.08 \"Administración de los Establecimientos de Crónicos y\r\nEspecializados\", como única responsable de los recursos que se le asignan\r\nal Subprograma \"Banco Nacional de Organos y Tejidos\", disponiendo que la\r\n\"Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Universidad de\r\nla República acordarán las obligaciones y competencias recíprocas de\r\nambas Instituciones, de forma de asegurar el normal funcionamiento del\r\nBanco Nacional de Organos y Tejidos en sus aspectos asistenciales, de\r\ninvestigación y docencia\";\r\n\r\nIV) que en el proyecto de reforma de la estructura organizativa del\r\nMinisterio de Salud Pública aprobada por Decreto Nº 348/997 de 19 de\r\nsetiembre de 1997, la Unidad Ejecutora 071 \"Banco Nacional de Organos y\r\nTejidos\" se ubica dentro de la Unidad Ejecutora 068 \"Administración de\r\nlos Servicios de Salud del Estado\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que se estima conveniente crear una Comisión Nacional de\r\nTrasplantes como órgano de apoyo del \"Banco Nacional de Organos y\r\nTejidos\", en la órbita de la Unidad Ejecutora 070 \"Dirección General de\r\nla Salud\";\r\n\r\nII) que el proyecto de reformulación de la estructura organizativa\r\naprobado por Decreto Nº 348/997 antes citado, atribuye a la Dirección\r\nGeneral de la Salud, como cometidos sustantivos, el asesoramiento en la\r\nformulación de políticas y estrategias de salud a nivel nacional y la\r\nformulación y ejecución de planes, programas y proyectos de salud\r\ntendientes al cumplimiento de las políticas y estrategias de salud\r\nreferidas;\r\n\r\nIII) que en tal sentido, resulta adecuado crear en su órbita la Comisión\r\naludida, cuyos cometidos serán precisamente de apoyo en la formulación de\r\npolíticas en la materia de trasplantes;\r\n\r\nIV) que se estima conveniente, asimismo, dotar a la Comisión Nacional de\r\nTrasplantes de una Mesa Ejecutiva;\r\n\r\nATENTO: a lo dispuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Créase la Comisión Nacional de Trasplantes, en la órbita de la Unidad\r\nEjecutora 070 \"Dirección General de la Salud\" del Inciso 12 \"Ministerio\r\nde Salud Pública\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dicha Comisión se integrará con un representante de la Dirección General\r\nde la Salud del Ministerio de Salud Pública, que la presidirá; el\r\nDirector del Banco Nacional de Organos y Tejidos en representación de la\r\nAdministración de los Servicios de Salud del Estado; un representante de\r\nla Facultad de Medicina; un representante de la Comisión de Bioética del\r\nSindicato Médico del Uruguay (SMU); un representante del Fondo Nacional\r\nde Recursos; el Presidente de la Sociedad de Trasplantes y un\r\nrepresentante de la Comisión Coordinadora de las Instituciones de\r\nAsistencia Médica Colectiva (IAMC).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Los cometidos esenciales de la Comisión Nacional de Trasplantes serán:\r\na) apoyar la gestión del Banco Nacional de Organos y Tejidos;\r\nb) asesorar en la formulación de la política nacional de trasplantes;\r\nc) coordinar con organismos públicos y privados la actividad en el área;\r\nd) asesorar en relación con el contralor de calidad de la actividad;\r\ne) proponer las normas para la habilitación o inhabilitación de los\r\n   centros especializados en la material;\r\nf) asesorar sobre las políticas de acuerdos internacionales y demás\r\n   aspectos de la actividad;\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/4" 
 ,"textoArticulo" : "  La Comisión Nacional de Trasplantes tendrá una Mesa Ejecutiva integrada\r\npor su Presidente, el Director del Banco Nacional de Organos y Tejidos y\r\nel representante de la Facultad de Medicina.\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Cométese al Ministerio de Salud Pública la puesta en funcionamiento de\r\nla Comisión que se crea, dentro del plazo de 30 días.\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Dentro del mismo plazo, dicha Comisión proyectará su estatuto de\r\nfuncionamiento, que someterá a la aprobación de la mencionada Secretaría\r\nde Estado.\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/7" 
 ,"textoArticulo" : "  El funcionamiento de esta Comisión será adecuado a los puestos de\r\ntrabajo de la estructura organizativa del Ministerio de Salud Pública,\r\nsin que ello signifique un aumento de las asignaciones presupuestales o\r\nde las dotaciones de personal respectivas.\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-2000/8" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese. publíquese, etc..\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RAUL BUSTOS - LUIS MOSCA - YAMANDU FAU\r\n " 
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