{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "58" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/02/19/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/02/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "19/02/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 184 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: los análisis realizados por la Comisión Arancelaria Asesora\r\ncreada por el artículo 17 del Decreto Nº 523/990 de 14 de noviembre de\r\n1990.\r\n\r\n  Considerando: surge de los mismos la conveniencia de mantener los\r\nactuales niveles de Precios Mínimos de Exportación definitivos fijados por\r\nel decreto Nº 43/992 de 30 de enero de 1992, para la importación de\r\ndeterminados tipos de papel.\r\n\r\n  Atento: a lo expresado y a lo dispuesto por el Decreto Nº 523/990\r\nmencionado,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase por un período de 1 (un) año a partir del vencimiento de los\r\nprecios fijados por el Decreto Nº 43/992 de 30 de enero de 1992, los\r\nsiguientes Precios Mínimos de Exportación definitivos para los productos\r\nque se detallan:\r\n- Papel obra, offset y medio hilo en bobinas\r\nincluidos en los items NADI 48.01.02.07,\r\n48.01.02.41 y 48.01.02.47                        U$S 890 la Ton. CIF.\r\n- Papel obra, offset, medio hilo en otras\r\npresentaciones y papel fotocopia que ingresan\r\npor los items  NADI 48.01.02.07, 48.01.02.41,\r\n48.01.02.47 y 48.15.02.99                        U$S 940 la Ton. CIF.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/58-1993/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "     El  presente decreto  entrará en  vigencia a  partir de su publicación\r\nen 2 (dos) diarios de circulación nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/58-1993/3" 
 ,"textoArticulo" : "      Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de circulación nacional,\r\netc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - EDUARDO ACHE - JUAN ANDRES\r\nRAMIREZ\r\n " 
 }