ACTUALIZACION DEL MONTO DE LAS MULTAS PREVISTAS POR EL CODIGO AERONAUTICO




Promulgación: 08/02/1985
Publicación: 06/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 782
  Visto: el articulo 193 del Código Aeronáutico (ley 14.305 del 29 de
noviembre de 1974).

  Resultando: I) Que en aplicación del inciso 2do. de la norma invocada se
incremento el importe máximo multa en por decreto 114/977 del 1º de 1977;
en 47,70% por decreto 78/978, del 8 de febrero de 1978; en 144% por
decreto 7/980 de 23 de febrero de 1980; en 57.62 %, por decreto 22/981
de 20 de enero de 1981; en 32,66% por decreto 637/981 del 22 de diciembre
de 1981; en 14.74% por decreto 454/982 de 14 de diciembre de 1982 y en
61.83% por decreto 89/984 de 1º de marzo de 1984;

  II) Que el índice de precios de consumo entre los meses de noviembre de
1983 y noviembre de 1984, registró un incremento de 63,75% (sesenta y
tres con setenta y cinco por ciento).

  Considerando: que procede actualizar el monto maximo de la multa
prevista por la disposición legal citada, en la forma que en la misma se
establece.

  Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con el
asesoramiento de la Comisión Nacional de Politica Aeronáutica y la
Contraloría e Informática Jurídicas del Ministerio de Defensa Nacional,

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Auméntase, a partir del 1º de enero de 1985 el monto máximo vigente de
las multas previstas en el Código Aeronáutico (ley 14.305 de 29 de
noviembre de 1974), en un 63,75% (sesenta y tres con setenta y cinco por
ciento).
Referencias al artículo

Artículo 2

   Dése cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado,
comuniquese, publiquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a
sus efectos.

ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO
Ayuda