Derogada/o por: Decreto Nº 635/991 de 27/11/1991 artículo 10.
Visto: la necesidad de actualizar las disposiciones reglamentarias
vigentes en materia de propaganda de las profesiones de la salud.
Atento: a lo preceptuado en la Ley Orgánica de Salud Pública 9.202 de
12 de enero de 1934, artículos 2º, numeral 6º, 14 y demás disposiciones
concordantes.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 579/986 de 26/08/1986 artículo 1.