{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "579" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/11/25/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/11/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/11/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 1708 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: el régimen de desgravación arancelaria dispuesto por el decreto\r\n602/980, de 12 de noviembre de 1980.\r\n\r\n   Resultando: I) Que es oportuno, en tanto a la fecha han culminado los\r\ntrámites y requisitos exigidos por el artículo 4º del decreto 602/980,\r\nproceder a rebajar las tasas arancelarias de las mercaderías y bienes que\r\nse encuentran en las condiciones a que alude el literal a) del artículo 5º\r\ndel Reglamento citado;\r\n\r\n   II) Que este decreto dispondrá una desgravación de las mercaderías\r\nseñaladas en el literal a) del artículo 5º.\r\n\r\n   Considerando: I) Que se han cumplido en todos los casos con la\r\ntramitación prevista por el artículo 4º del decreto 602/980;\r\n\r\n   II) Que se ha verificado la procedencia de las solicitudes presentadas.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Comisión Arancelaria y la Asesoría\r\nJurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/579-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Modifícase la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación\r\n(N.A.D.I.) en la forma que se detalla:\r\n\r\na) INCORPORACIONES\r\n\r\nITEM           DENOMINACION                         T.G.A.  U.V.F.\r\n----           ------------                         ------  ------\r\n\r\n27.10.03.03    Aguarrás mineral desodorizado que\r\n               destila entre 174ºC y 213ºC, con\r\n               punto de inflamación de 53ºC y\r\n               densidad a 15ºC de 0,7603               35%      10\r\n30.01.01.02    Tiroides en polvo.................      35%       1\r\n38.19.89.47    Preparado líquido constituido por\r\n               mezcla de esteres de ácidos grasos\r\n               alquilramificados, de bajo punto\r\n               de solidifación (alrededor de 0ºC)      35%       1\r\n40.12.89.04    Dispositivo en forma de funda que\r\n               oficia de conector entre el\r\n               incontinente masculino y el\r\n               colector de orina.................      35%       1\r\n40.14.89.12    Dispositivo esparcidor integrado\r\n               por puntero provisto de esponja,\r\n               adaptable a envases de lustre para\r\n               calzados..........................      35%       1\r\n43.02.02.00    Desperdicios y retales\r\n         01    De visón, zorro, astracán,\r\n               ratmusqué (bissam), coyote y\r\n               marmota...........................      35%       1\r\n         99    Los demás.........................      90%       1\r\n66.03.01.00    Armazones, partes y accesorios\r\n               para paraguas\r\n         01    Armazones plegables...............      35%       1\r\n         99    Los demás.........................      75%       1\r\n83.01.89.11    Manillas de seguridad (esposas)...      35%       1\r\n84.11.01.22    Otros a corriente continua\r\n               adaptables a tomacorriente de\r\n               encendedor o a borne de acumulador      35%       2\r\n84.11.90.14    Tubos de succión de aceite,\r\n               válvulas de admisión y de escape,\r\n               para equipos de hasta 1/4 HP......      35%       1\r\n85.19.01.93    Interruptor automático para el\r\n               armado de arrancadores para tubos\r\n               fluorescentes, consistente en un\r\n               tubo de descarga cuyos electrodos\r\n               (uno de lámina bimetálica) cumplen\r\n               la función de contactos...........      35%       1\r\n97.06.89.11    Palos de golf.....................      35%       1\r\n\r\nb) MODIFICACIONES DE NOMENCLATURA\r\n\r\nDonde dice                                   Debe decir\r\n----------                                   ----------\r\n27.10.03.04    Espíritu de petróleo,         Otro aguarrás mineral\r\n               (aguarrás mineral)            (espíritu de petróleo)\r\n38.19.89.74    Reactivos para análisis       Reactivos para análisis;\r\n                                             cera tipo para ensayo\r\n                                             analítico de papel,\r\n                                             incluso presentada en\r\n                                             cajas bajo forma de\r\n                                             surtidos y con sus\r\n                                             respectivos accesorios.\r\n43.01.02.00    De zorro                      De visón, zorro, astracán,\r\n                                             ratmusqué (bissam), coyote\r\n                                             y marmota.\r\n43.02.01.01    De visón y de zorro           De visón, zorro y astracán\r\n84.11.90.11    Hasta 1/4 HP                  Hasta 1/4 HP, excepto los\r\n                                             del ítem 84.11.90.14.\r\n\r\nIncluir en la Nota Complementaria Nº 2 del Capítulo 85:\r\n\r\n1) Vaporizador de insecticida.\r\n\r\nC) ELIMINACIONES\r\n\r\n43.02.89.00    Los demás\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/579-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las tasas globales arancelarias que se fijan en este decreto, se\r\ndesagregarán de acuerdo a la composición dada por decreto 687/980, de 24\r\nde diciembre de 1980, salvo para el ítem 84.11.01.22 el que tributará 30%\r\nde recargo, 0% de Impuesto Aduanero Unico a la Importación, 1% de Tasa de\r\nMovilización de Bultos y 4% de Derecho Consular.\r\n " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
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