{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "579" 
  ,"anioNorma" : 1966 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR. EXONERACIONES TRIBUTARIAS. INDUSTRIA SIDERURGICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1966/11/29/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "23/11/1966" 
  ,"fechaPublicacion" : "29/11/1966" 
  , "vistos" : " Declárase que la exoneración de recargos a las importaciones de máquinas y/o plantas industriales, no rige para las máquinas y/o plantas industriales usadas y trenes de laminación en caliente o frío de cualquier característica, que se destinen a la industria siderúrgica. " 
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