{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "578" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION AL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MALDONADO. EJERCICIO 1981" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/12/09/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/11/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/12/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 1678 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión de la Administración Municipal de Maldonado\r\n(Intendencia y Junta de Vecinos) por la cual propone una Modificación\r\nPresupuestal para el Ejercicio 1981.\r\n\r\n   Considerando: que esta Modificación Presupuestal cuenta con la\r\naprobación de la Secretaria de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el\r\nacuerdo del Tribunal de Cuentas.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n                         El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/578-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1981 propuesta\r\npor la Administración Municipal de Maldonado (Intendencia y Junta de\r\nVecinos) cuyos monto queda fijado en N$ 251:165.731.78 (nuevos pesos\r\ndoscientos cincuenta y un millones ciento sesenta y cinco mil setecientos\r\ntreinta y uno con setenta y ocho centésimos).\r\n\r\n Los mismos presentarán la siguiente composición:\r\n\r\nI)   GASTOS: (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n                                              Vigente     Proyectado\r\n\r\nRetribuciones Personales.............        57.748.7       69.738.5\r\nBeneficios y Cargas Sociales.........        12.692.8       15.506.9\r\n                                             --------       --------\r\n     Subtotal........................        70.441.5       85.245.4\r\n\r\nGastos de Funcionamiento.............        27.730.0       46.854.3\r\nInversiones..........................        75.720.0      118.566.0\r\nJunta de Vecinos.....................           400.0          500.0\r\n                                             --------       --------\r\n     Total...........................       174.291.5      251.165.7\r\n\r\nII)  RECURSOS: (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n                    A - De Origen Departamental\r\n\r\n1 - Impuestos\r\n\r\n                                              Vigente     Proyectado\r\n\r\nCont. Inmob. Rural...................         1.850.0        2.500.0\r\nCont. Inmob. Urbana..................        35.700.0       56.000.0\r\nPatente de Rodados...................        18.000.0       23.000.0\r\nRemates .............................         3.800.0        5.000.0\r\nEspectáculos Públicos................         2.000.0        3.000.0\r\nOtros................................           300.0          450.0\r\n\r\n2 - Tasas\r\n\r\nTimbres y Sellados...................         6.500.0        4.000.0\r\nExamen de Planos.....................         1.500.0        2.350.0\r\nInspección Final de Obras............         2.000.0        3.100.0\r\nDerecho de Expedición................         1.800.0        3.000,0\r\nAlumbrado............................         6.000.0       12.000.0\r\nContralor de líneas Omnibus..........         2.100.0        3.000.0\r\nHabilitación Higiene..................          250.0        2.000.0\r\nControl Bromatológico................         8.000.0       10.000.0\r\nOtros................................         4.564.0        5.749.0\r\n\r\n3 - Precios\r\n\r\nServicios de Faena...................         1.800.0        2.500.0\r\nVenta de nichos, terrenos, etc.......           100.0        2.000.0\r\nVarios...............................         5.080.0        7.250.0\r\n\r\n4 - Contribución por Mejoras.........         3.250.0       18.000.0\r\n5 - Multas...........................           250.0          300.0\r\n6 - Varios e imprevistos.............         5.530.0       10.030.0\r\n\r\n                    B - Endeudamiento\r\n\r\nPréstamo BROU........................         6.255.0        3.286.0\r\n\r\n                    C - De Origen Nacional\r\n\r\nParticipación Casinos................        47.000.0       60.000.0\r\nAporte Patronal......................        10.562.0       12.600.0\r\nOtros................................           100.0           50.0\r\n                                             --------       --------\r\n\r\n     Total...........................       174.291.0      251.165.0<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0>\r\n\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1981/12/09/6\" target=\"_blank\">Nº 578/981</a> de \r\n18/11/1981.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/578-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos,\r\ndeberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/578-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La asistencia para el pago de los aportes patronales a la Dirección\r\nGeneral de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de\r\ninsuficiencia financiera en los términos dispuestos en el artículo 50 de\r\nla ley 14.550, de 10 de agosto de 1976.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/578-1981/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La Administración Municipal de Maldonado deberá comunicar a la\r\nSecretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión los proyectos\r\nsustitutivos o modificativos de los presentados en la encuesta de octubre\r\nde 1980 que aprobó el decreto 91/981, de 10 de marzo de 1981.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/578-1981/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no\r\nmencionadas en esta modificación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/578-1981/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, y vuelva a la Administración Municipal de Maldonado a sus\r\nefectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }