APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. EJERCICIO 1985




Promulgación: 22/10/1985
Publicación: 19/12/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 504.

Artículo 4

  Dichos escalafones son los siguientes: Escalafón Técnico Profesional Clase A: (Código AaA) El escalafón "A", Profesional Universitario, comprende los cargos y contratos de función pública a los que sólo pueden acceder aquellos que pertenecen a profesiones liberales, con un superior nivel de responsabilidad técnica, cuyo ejercicio sea permitido exclusivamente a quienes posean título universitario expedido, reconocido o revalidado por las autoridades competentes y que correspondan a planes de estudios de duración no inferior a 4 (cuatro ) años.
  Escalafón Técnico Profesional Clase B: (Código AaB) El escalafón "B", Técnico Universitario, comprende los cargos y contratos de función pública de quienes hayan obtenido una especialización profesional de nivel universitario, que corresponda a planes de estudio cuya duración deberá ser equivalente a 2 (dos) años como mínimo, de carrera universitaria liberal y en virtud de los cuales hayan obtenido título habilitante, diploma o certificado.

También incluye a quienes hayan aprobado no menos del equivalente a 3 (tres) años de carrera universitaria incluida en el escalafón "A"

  Escalafón Administrativo: (Código Ab) El escalafón "C", Administrativo, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas relacionadas con el registro, clasificación, manejo y archivo de datos y documentos y el desarrollo de actividades, como la planificación, coordinación, organización, dirección y control, tendientes al logro de los objetivos del servicio en el que se realizan, así como toda otra actividad no incluida en los demás escalafones.

  Escalafón Especializado: (Código Ac) El escalafón "D", Especializado, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas en las que predomina la labor de carácter intelectual para cuyo desempeño fuere menester conocer técnicas impartidas normalmente por centros de formación a nivel medio o en los primeros años de los cursos universitarios de nivel superior. La versación en determinada rama del conocimiento deberá ser acreditada en forma fehaciente.
  Escalafón de Servicios Auxiliares: (Código Ad) El escalafón "F", de Servicios Auxiliares, comprende los cargos y contratos de función pública que tienen asignadas tareas de limpieza, portería, conducción, transporte de materiales o expedientes, vigilancia, conservación y otras tareas similares.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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