Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Ver vigencia: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 504.
Artículo 19
Las funciones de Secretario y Tesorero de cada Dirección, serán encomendadas a funcionarios que ocupen cargos con Grados del 12 al 18. Estos percibirán una compensación complementaria al sueldo de su cargo, hasta el sueldo del Grado 19.