{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "577" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION AL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE FLORES. EJERCICIO 1981" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/12/01/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/11/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/12/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 1662 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión de la Administración Municipal de Flores (Intendencia\r\ny Junta de Vecinos) por la cual propone una Modificación Presupuestal para\r\nel Ejercicio 1981.\r\n\r\n   Resultando: que esta Modificación Presupuestal cuenta con la aprobación\r\nde la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del\r\nTribunal de Cuentas.\r\n\r\n   Considerando: que de no recaudarse la totalidad de los recursos\r\nprevistos, deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio\r\npresupuestal.\r\n\r\n   Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1981 propuesta\r\npor la Administración Municipal de Flores (Intendencia y Junta de Vecinos)\r\ncuyos montos quedan fijados en N$ 33:523.000,00 (nuevos pesos treinta y\r\ntres millones quinientos veintitrés mil).\r\n\r\n Los mismos presentarán la siguiente composición:\r\n\r\nI)   EGRESOS: (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n                                              Vigente     Proyectado\r\n\r\nRetribuciones Personales.............        10.729.6       15.146.2\r\nBeneficios y Cargas Sociales.........         2.435.5        3.136.8\r\n                                             --------       --------\r\n     Subtotal........................        13.165.1       18.283.0\r\n\r\nGastos de Funcionamiento.............         3.275.0        5.335.0\r\nInversiones..........................        14.021.4        9.905.0\r\n                                             --------       --------\r\n     Total...........................        30.461.5       33.523.0\r\n\r\nII)  RECURSOS: (en miles de nuevos pesos)\r\n\r\n                    A - De Origen Departamental\r\n\r\n1 - Impuestos\r\n\r\n                                              Vigente     Proyectado\r\n\r\nCont. Inmob. Rural...................         2.347.0        3.150.0\r\nCont. Inmob. Urbana..................           546.0          930.0\r\nPatente de Rodados...................         2.945.0        3.190.0\r\nRemates (ley 12.700).................         6.700.0        7.700.0\r\nOtros................................            84.0           78.0\r\n\r\n2 - Tasas\r\n\r\nAdministrativa.......................           450.0          700.0\r\nAlumb. y Salubridad..................         1.024.0        1.395.0\r\nCons. Pavimentos.....................           170.0          233.0\r\nBromatológica........................           550.0        1.500,0\r\nOtras................................           444.5          592.0\r\n\r\n3 - Precios..........................           977.1        1.710.0\r\n4 - Contribución por Mejoras.........         3.840.0        4.814.0\r\n5 - Ing. Extraordinarios.............           250.0          395.0\r\n6 - Multas...........................         1.800.0        1.800.0\r\n\r\n                    B - De Origen Nacional\r\n\r\nFondo Nacional Subsidio..............         3.714.0        5.333.0\r\n\r\n                    C - Endeudamiento\r\n\r\nPréstamo BROU........................         4.620.0          ----\r\n                                             --------       --------\r\n\r\n     Total...........................        30.461.6       33.520.0\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos,\r\ndeberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General\r\nde la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de\r\ninsuficiencia financiera en los términos dispuestos en el artículo 50 de\r\nla ley 14.550 de 10 de agosto de 1976.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/4" 
 ,"textoArticulo" : "    En materia de Contribución Inmobiliaria Urbana deberá mantenerse la\r\nalícuota vigente, adecuándose el monto imponible, a lo dispuesto por el\r\ndecreto 230/981, de 3 de junio de 1981.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no\r\nmencionadas en la presente modificación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/577-1981/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, y vuelva a la Administración Municipal de Flores a sus\r\nefectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }