{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "575" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE ASCENSOS A FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1991/01/08/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/12/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/01/1991" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1990 
  ,"pagina" : 691 
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  ,"vistos" : "  Visto: lo dispuesto por el decreto 500/990 de 30 de octubre de 1990.\r\n\r\n Resultando: I) Que la disposición citada, en su artículo 1º habilita la\r\nrealización de los ascensos en la Administración Central, de las vacantes\r\nexistentes y de las que se generen en el año 1990, siempre que el llamado\r\na su provisión se efectúe antes del 31 de diciembre de 1990;\r\n\r\n II) Que las diversas dependencias del Poder Ejecutivo han trabajado en la\r\nrealización de los procesos de calificación correspondientes al año 1989,\r\núltimo período a ser considerado para la determinación de la nota de\r\nmérito para el ascenso, resultante de promediar la calificación de los\r\ntres últimos años, no obstante lo cual algunas no han podido culminar los\r\ntrámites respectivos.\r\n\r\n Considerando: I) Que resulta conveniente relevar a aquellas Unidades que\r\nno pudieran concluir en tiempo el procedimiento de calificación, de la\r\nobligación de tener en cuenta para la determinación de la nota de mérito\r\npara el ascenso, la calificación correspondiente al año 1989, y permitir\r\nque aquélla se determine con los puntos correspondientes a los años 1986,\r\n1987 y 1988;\r\n\r\n II) Que la Oficina Nacional del Servicio Civil consideró viable la\r\nadopción del temperamento señalado, en atención a lo exiguo de los plazos\r\ndisponibles y a la especialidad de las situaciones planteadas.\r\n\r\n Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los decretos\r\n902/973 y 903/973 de 24 de octubre de 1973, y el decreto 500/990 de 30 de\r\noctubre de 1990,\r\n\r\n    El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/575-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Facúltase a las dependencias del Poder Ejecutivo a tomar como nota de\r\nmérito para los ascensos a realizar al amparo del decreto 500/990 de 30 de\r\noctubre de 1990, la resultante de promediar las calificaciones de los años\r\n1986, 1987 y 1988, siempre que no hubieran podido concluir en tiempo el\r\nprocedimiento calificatorio del período correspondiente al año 1989.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/575-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - EDUARDO MEZZERA - ENRIQUE BRAGA\r\nSILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI -\r\nAUGUSTO MONTESDEOCA - CARLOS A. CAT - ALFREDO SOLARI - GUSTAVO FERRES -\r\nJOSE VILLAR GOMEZ - RAUL LAGO\r\n " 
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