PROGRAMA DEMOSTRATIVO DE DESARROLLO INTEGRAL RURAL




Promulgación: 17/12/1993
Publicación: 07/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 701

Artículo 4

  A los efectos del artículo anterior, el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social deberá adoptar las medidas pertinentes para que la acción
del PRODIR, se siga desarrollando como hasta el momento.
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