{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "573" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGLAMENTO, OTORGANDO COMPETENCIA AL SERVICIO DE TUTELA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, EL USO DE LOS PANTEONES \"DE LOS SERVIDORES DE LA PATRIA\"\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/10/27/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/10/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/10/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 829 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/573-1977?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión formulada por el Comando General del Ejército tendiente a modificar la dependencia actual de los panteones \"De los Servidores de la Patria\", los que pasarían a depender directamente del Servicio de Tutela Social de las Fuerzas Armadas.\r\n\r\n  Resultando: que por decreto 11.480 de fecha 26 de abril de 1948 dichos\r\npanteones dependen del Servicio de Intendencia del Ejército.\r\n\r\n  Considerando: I) Que según el artículo 2º del referido decreto el uso de\r\nlos panteones fue establecido para Jefes y Oficiales de cualquiera de las\r\nFuerzas;\r\n\r\n  II) Que el Servicio de Tutela Social es un servicio común a todas las\r\nFuerzas, como se desprende del artículo 27º, literal B), numeral 3º de la\r\nley 14.157 de fecha 21 de febrero de 1974, dentro de cuya misión se\r\nencuentra precisamente el desempeño de funciones de beneficio y seguridad\r\nsocial para los integrantes de las Fuerzas Armadas, como sería el uso\r\neventual de los panteones,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/573-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : " Modifícase el decreto 11.480 de fecha 26 de abril de 1948 (Reglamento para\r\nel uso de los Panteones \"De los Servidores de la Patria\", Nos. 319, 319 C\r\ny 319 D, sitos en el Cementerio del Buceo) en lo que hace referencia a la\r\ndependencia actual de los mismos del Servicio de Intendencia del Ejército.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/573-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : " Otórgase al Servicio de Tutela Social la dependencia directa de los\r\npanteones \"De los Servidores de la Patria\", así como las responsabilidades\r\nque, respecto de los mismos ha ejercido hasta la fecha el Servicio de\r\nIntendencia del Ejército.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/573-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - WALTER RAVENNA " 
 }