Cométese al Ministerio de Economía y Finanzas a negociar y suscribir en representación de la República, los contratos y documentos pertinentes que se requieran a los efectos de las operaciones dispuestas en este Decreto.
La representación del Estado-Ministerio de Economía y Finanzas será ejercida, indistintamente, por el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Ec. Mario Bergara y por el Ec. Michael Borchardt.
El Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado, llevará adelante los procedimientos pertinentes para hacer efectiva las operaciones.