AMPLIACION DE LA EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES 2050




Promulgación: 23/02/2015
Publicación: 02/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Cométese al Ministerio de Economía y Finanzas a negociar y suscribir en representación de la República, los contratos y documentos pertinentes que se requieran a los efectos de las operaciones dispuestas en este Decreto.

   La representación del Estado-Ministerio de Economía y Finanzas será ejercida, indistintamente, por el Sr. Ministro de Economía y Finanzas, Ec. Mario Bergara y por el Ec. Michael Borchardt.

   El Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente Financiero del Estado, llevará adelante los procedimientos pertinentes para hacer efectiva las operaciones.
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