VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Relaciones Exteriores solicitando efectuar la correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en la Ley de Presupuesto N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005.-
RESULTANDO: que se cometió error en la redacción del artículo 149 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005 que provoca disturbios en la aplicación del arancel consular y la percepción de derechos consulares.
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar la corrección del referido error.
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, la aprobación de la Asamblea General, y a lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo efectuó correcciones numéricas y/o formales a: Ley Nº 17.930
de 19/12/2005 artículo 149.