FIJACION DE VIATICOS PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 18/10/1985
Publicación: 05/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 949
  Visto: el artículo 18 del decreto 819/975, de 28 de octubre de 1975, por
el cual se faculta al Poder Ejecutivo a ajustar las escalas de viáticos
previstas en el artículo 19 del citado decreto.

  Considerando: la variación registrada en el índice de los precios del
consumo de la Dirección General de Estadística y Censos.

  Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase la escala de viáticos a percibir de acuerdo a la reglamentación
establecida por el decreto 819/975, de 28 de octubre de 1975 para el
trimestre comprendido entre el 1º de octubre y el 31 de diciembre de 1985
en:

        Categoría A                    N$ 1.994
        Categoría B                    N$ 1.196
        Categoría C                    N$   797

Artículo 2

  El presente decreto comenzará a regir a partir del 1º de octubre de
1985.

Artículo 3

    Comuníquese, etc

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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