{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "566" 
  ,"anioNorma" : 2003 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. CONECTA S.A. OCTUBRE 2003" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2004/01/13/13" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/12/2003" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/01/2004" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2003 
  ,"pagina" : 1621 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la solicitud de la firma CONECTA S.A., tendiente a que se le \r\nautorice el ajuste de las tarifas para el suministro de gas natural por \r\nredes correspondientes al sur del país, a regir desde el 1º de octubre de\r\n2003, según planilla glosada a fojas 11 de autos.\r\n\r\nRESULTANDO: que los precios son los que derivan de las variaciones en los\r\ncomponentes de costos operados (valor agregado de distribución y otros \r\ncomponentes) desde el 1º de julio de 2003.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Energía no ha opuesto \r\nreparos al monto de las mismas.\r\n\r\nII) que las actualizaciones tarifarias fueron analizadas por la Unidad \r\nReguladora de Servicios de Energía y Agua, y ésta manifiesta que no tiene\r\nobservaciones que formular.\r\n\r\nIII) que el petitorio tiene su fuente en el Art. 9º y Anexo IV del \r\nContrato de Concesión que celebrara con el Estado el 22 de diciembre de \r\n1999, y el Art. 4º de la modificativa de dicho contrato de fecha 20 de \r\nnoviembre de 2002.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el art. 51 de la Constitución de \r\nla República.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA               \r\n                                                                  \r\n                                 DECRETA:                         \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/566-2003/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas a regir a\r\npartir del 1º de octubre de 2003, para el suministro de gas natural por \r\nredes correspondientes al sur del país, conforme al Cuadro de Tarifas \r\nMáximas que se anexa y que forma parte del presente decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/566-2003/2\" >Texto/imagen</a> (Cuadro).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/566-2003/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - JOSE VILLAR\r\n " 
 }