Encomiéndase a la Contaduría General de la Nación la transposición
del saldo de los rubros asignados al Programa Solidario de Emergencia y
no afectados, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Programa 1.06
"Investigación y Asistencia Alimentario-Nutricional" a fin de dar
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 1º del presente decreto.