{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "561" 
  ,"anioNorma" : 1985 
  ,"nombreNorma" : "CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 31 INDUSTRIA DEL CAUCHO. SUBGRUPO FABRICACION DE NEUMATICOS. FABRICACION DE ARTICULOS DE CAUCHO Y FABRICACION DE ARTICULOS DE LATEX" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1985/11/05/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/10/1985" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/11/1985" 
  ,"vistos" : "   Visto: el decreto Poder Ejecutivo 476/985, del 17 de setiembre de 1985\r\npor el que se fijaron retribuciones mínimas se ratificaron disposiciones de los laudos del 22 de setiembre de 1964 y 3 de mayo de 1966 para el Grupo 31 industria del Caucho.\r\n\r\n  Resultando: que al proceder //Información ilegible en el original// decreto, se incurrió en omisiones que impiden que el mismo sea el fiel reflejo de lo acordado por las partes.\r\n\r\n  Considerando: que por razones expuestas en el Resultando, debe procederse a efectuar las necesarias correcciones en el texto del citado\r\ndecreto.\r\n\r\n  Atento: a los fundamentos expuestos, y a lo preceptuado en el decreto-\r\nley 14.791 del 8 de junio de 1978 y el decreto reglamentario del 30 de junio de 1978,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/561-1985/1" 
 ,"textoArticulo" : " (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 476/985 de 05/09/1985 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/476-1985/7\" >7</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/561-1985/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA " 
 }