{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "560" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "DESAFECTACION DE EXONERACION TRIBUTARIA EN LA IMPORTACION DE EQUIPOS DE SEGURIDAD PARA ENTIDADES BANCARIAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/09/03/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/08/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/09/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 676 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: el decreto 779/971 de fecha 30 de noviembre de 1971 por el que se\r\ndispone en todas las instituciones públicas y privadas que sean\r\ndepositarias de dinero o manejo de fondos, de un régimen especial para la\r\nimplantación de equipos destinados a medidas de seguridad, designándose\r\nuna Comisión cuyo cometido es analizar y autorizar cuando corresponda, las\r\nsolicitudes de materiales y/o equipos que sea imprescindible importar,\r\npara cumplir con los cometidos establecidos en el mencionado decreto.\r\n\r\nResultando: I) Que las medidas adoptadas en el lapso transcurrido hacen\r\ninnecesario mantener por más tiempo el citado régimen especial sin\r\nperjuicio de que, cuando se juzgue necesario pueda gestionarse por la\r\nautoridad que corresponda las medidas de seguridad que se estimen\r\nconvenientes;\r\n\r\nII) Que durante este período la Comisión creada por el artículo 6º del\r\nreferido decreto ha atendido todas las solicitudes que se formularon.\r\n\r\nAtento: a lo informado por dicha Comisión,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/560-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Déjanse sin efecto los artículos 4, 5 y 6 del decreto 779/971 del 30 de\r\nnoviembre de 1971, en cuanto se refiere al otorgamiento de exoneraciones\r\npara la introducción de equipos destinados a la adopción de medidas de\r\nseguridad en todas las instituciones públicas y privadas que sean\r\ndepositarias de dinero o manejo de fondos, como asimismo el cese en sus\r\nfunciones de la Comisión creada por el referido decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/560-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Agradézcase a la Comisión los servicios prestados en el desempeño de sus\r\nfunciones.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/560-1976/3" 
 ,"textoArticulo" : " Dese cuenta al Consejo de Estado, comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " DEMICHELI - WALTER RAVENNA - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO -\r\nALEJANDRO VEGH VILLEGAS - DANIEL DARRACQ - EDUARDO CRISPO AYALA - ADOLFO\r\nCARDOSO GUANI - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - MARIO ARCOS PEREZ - JULIO\r\nEDUARDO AZNAREZ\r\n " 
 }