IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO - INSTITUCIONES FINANCIERAS




Promulgación: 17/11/1992
Publicación: 09/12/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 957
    Visto: lo dispuesto por el artículo 1º del decreto 733/991 de 30 de
diciembre de 1991

    Considerando: que la normativa de contralor del Sistema Financiero
impone a las instituciones comprendidas en el mismo determinadas formas de
gestión administrativo-contable diferenciándolas del resto de los
contribuyentes, lo que determina, en las actuales circunstancias, que
resulte dificultosa la adecuación de dichos criterios a lo establecido en
la norma citada en el Visto.

    Atento: a lo expuesto,

    El Presidente de la República


                          DECRETA:

Artículo 1

    Déjase en suspenso el artículo 1º del Decreto Nº 733/991 de 30 de
diciembre de 1991.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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