FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2004. TRABAJADORES DOMESTICOS




Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 13/01/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1791

Artículo 2

   Sin perjuicio de que los trabajadores domésticos estén exceptuados de 
las normas de limitación de la jornada laboral cuando trabajen jornadas 
parciales, el salario mínimo horario para el Departamento de Montevideo, 
será de $ 7,50 (pesos uruguayos siete con cincuenta) y para el interior $
7,15 (pesos uruguayos siete con quince).
Ayuda