SEGURIDAD VIAL. CONTROL DE ALCOHOL POR LITRO EN SANGRE A CONDUCTORES




Promulgación: 17/11/2008
Publicación: 24/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2375

Artículo 2

 A partir del 16 de marzo de 2009 la concentración de alcohol por litro en
sangre o su equivalente en términos de espirometría permitida para los
conductores de cualquier vehículo que se desplace por la vía pública
(excepto los conductores previstos en el artículo 47 de la Ley Nro.
18.191) es de 0,3 gramos (tres decigramos) por litro de alcohol en sangre
o su equivalente en términos de espirometría.
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