PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES. SECTOR DEL MERCADO DE DISTRIBUCION DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS
Promulgación: 31/12/2003
Publicación: 15/01/2004
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 2
Semestre: 2
Año: 2003
Página: 1787
Derogada/o por: Decreto Nº 327/009 de 13/07/2009 artículo 1.
VISTO: Los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de
2002 de creación de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua
(URSEA);
RESULTANDO: I) Que con relación al marco regulatorio del mercado de
distribución de combustibles líquidos derivados de petróleo, el Poder
Ejecutivo consideró oportuno realizar diversas consultas y análisis,
recogiendo los diferentes puntos de vista de las partes interesadas;
II) Que a partir de dichos análisis y consultas, se ha formado la opinión
que en la presente se expresa, la que se entiende corresponde sea
considerada por la URSEA, al cumplir con sus competencias de preparar el
proyecto de pliego único de bases y condiciones para la celebración de
los contratos habilitantes de las actividades en el sector, y de
regulación del mercado conforme a las políticas encomendadas por el Poder
Ejecutivo;
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo, inspirado en un enfoque
gradualista, respetuoso de situaciones amparadas por regulaciones de
larga data en el sector, y equilibrio entre los intereses de las partes
involucradas, adopta los siguientes criterios considerados básicos para
un adecuado funcionamiento del mercado aludido, en consonancia con la
normativa mencionada;
ATENTO: A las normas citadas y a lo expresado anteriormente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: