Visto: estos antecedentes venidos de la Dirección Nacional de Aduanas en
los que la Junta de Aranceles da cuenta que debido a la puesta en vigencia
de los nuevos Aranceles de Aduana corresponde ajustar la redacción del
decreto 160/975 de 27 de febrero de 1975 por el cual se aprobó la
corrección a la mantención del aforo de la "Mezcla eutéctica de difenilo y
óxido de difenilo", a los efectos de adecuarlo al Código de los
mencionados nuevos Aranceles.
Considerando: que corresponde realizar las modificaciones que se proponen.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Aduanas y las
Asesorías Económico - Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 160/975 de 27/02/1975
artículo 1.