{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "554" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DE NORMATIVA SOBRE PREMIOS QUE OTORGA LA JEFATURA DE MONTEVIDEO POR EL DIA DE LA POLICIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/10/09/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/09/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/10/1978" 
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  ,"vistos" : "   Visto: el decreto 958/975, de 16 de diciembre de 1975, que establece\r\nnormas relativas a los premios que otorga anualmente la Jefatura de\r\nPolicía de Montevideo, en ocasión del \"Día de la Policía\".\r\n\r\n  Resultando: I) Que en el artículo 5º del citado decreto se detallan las\r\ncategorías de premios, entre los que se destacan los \"Premios al\r\nHeroísmo\", \"Premios a la Abnegación\", etc.;\r\n\r\nII) Que el decreto 1.045/973 de 11 de diciembre de 1973 instituyó la\r\n\"Medalla al Mérito Policial\" que se otorga a aquellos integrantes del\r\nInstituto que realicen actos que van más allá del cumplimiento habitual\r\ndel deber, estableciendo tres categorías dentro de la misma.\r\n\r\n  Considerando: I) Que las circunstancias que motivan la entrega de las\r\nmedallas de oro o plata por \"Premio al Heroísmo\" o \"Premio a la\r\nAbnegación\", en el \"Día de la Policía\", son las mismas por las cuales se\r\notorga la \"Medalla al Mérito Policial\", por lo que no parece oportuna la\r\nactual superposición, estimándose conveniente mantener las normas\r\nestatuidas en el decreto 1.045/973 y derogar en cambio los apartados A) y\r\nB) del artículo 5º del decreto 958/975;\r\n\r\nII) Que asimismo se entiende oportuno modificar la norma por la cual se\r\notorga el \"Premio a la Inteligencia Funcional\" (Decreto 658/975, artículo\r\n5º, apartado C), limitándolo al Personal Subalterno en lo que respecta a\r\nla \"especial sagacidad \" que ponga de manifiesto en el acto que se premia\r\no discerniéndolo a los Oficiales, en casos que aporten ideas profesionales\r\nque contribuyan al mejoramiento del Instituto;\r\n\r\nIII) Que por otra parte, también se considera necesario modificar el\r\notorgamiento del \"Premio a la Laboriosidad\", limitándolo al Personal\r\nSubalterno, que es el que se encuentra destinado a tareas que pueden\r\nllagar a resultar merecedoras de un estímulo de esta naturaleza;\r\n\r\nIV) Que asimismo el \"Premio a la Honradez\" debe ser objeto de\r\nmodificación, ya que el mismo no puede comprender a los particulares y al\r\npersonal policial, dado que una de las condiciones fundamentales, quizá la\r\nprincipal para ser policía debe ser la honradez, característica ésta que\r\npor ser connatural con la función, no se estima merecedora de premio\r\nalguno, el cual debe discernirse en consecuencia únicamente a personas\r\najenas al Instituto;\r\n\r\nV) Que, de la misma manera, es necesario limitar el otorgamiento del\r\n\"Premio a la Dirección, Unidad o Dependencia\" a la que haya tenido\r\nactuación destacada, considerándose que el mismo debe ser sólo uno por\r\naño, a los efectos de que adquiera la relevancia y destaque que no logra\r\nactualmente cuando su número es ilimitado, lo que desvirtúa su fundamento;\r\n\r\nVI) Que, finalmente, se estima conveniente disminuir el número de los\r\npremios que otorga por sí el señor Jefe de Policía por los mismos motivos\r\nexpuestos en el Considerando anterior, dejando librado a su\r\ndiscrecionalidad el número de anotaciones en los legajos personales, las\r\nque pueden realizarse sin limitación alguna, por no tener la misma\r\nrelevancia de los premios.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por la Jefatura de Policía de Montevideo,\r\n\r\n                 El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 958/975 de 16/12/1975 \r\nartículos <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/958-1975/5\" >5</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/958-1975/6\" >6</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/958-1975/7\" >7</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/958-1975/8\" >8</a>.\r\n" 
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  ,"firmantes" : " MENDEZ - HUGO LINARES BRUM\r\n " 
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