{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "551" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONARIOS. CONTRATACIONES EN LA DIRECCION NACIONAL DE AVIACION CIVIL E INFRAESTRUCTURA AERONAUTICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/11/24/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/11/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/11/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 2357 
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  ,"vistos" : " \r\nVISTO: la necesidad imperiosa de contar con el personal suficiente en el\r\nárea de controladores de tránsito aéreo de la Unidad Ejecutora 041\r\n\"Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica\" del\r\nInciso 03 \"Ministerio de Defensa Nacional.\"\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el Ministerio de Defensa Nacional se encuentra\r\nrealizando un proyecto de reformulación de su estructura organizativa para\r\nincluir en la próxima Rendición de Cuentas.\r\n\r\nII) que durante el lapso que insuma la aprobación del proceso de\r\nreestructura, se mantiene la problemática de la cobertura de las carencias\r\nexistentes de personal técnico necesario para el adecuado funcionamiento\r\nde la citada Dirección Nacional.\r\n\r\nIII) que a efectos de dar solución a la problemática planteada se\r\nefectuarán los contratos a término aplicables al ámbito de dicha Dirección\r\nNacional.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que las contrataciones serán provistas mediante un\r\nllamado público abierto y la selección se efectuará mediante concurso de\r\nméritos y antecedentes y serán publicados en los medios electrónicos\r\nadecuados.\r\n\r\nII) que la financiación aplicable a este régimen de contratación, haciendo\r\nuso de la facultad que confiere el artículo 39 de la Ley 17.556 de 18 de\r\nsetiembre de 2002, con la modificación dada por el artículo 18 de la Ley\r\n17.930 de 19 de diciembre de 2005 y lo dispuesto por el artículo 49 de la\r\nLey 18.046 de 24 de octubre de 2006, al Poder Ejecutivo de incorporar\r\nnuevos financiamientos, será a través de un fondo de contratación, Objeto\r\ndel Gasto 095.002 \"Fondo de Contrataciones\".\r\n\r\nIII) que el presente régimen de contratación a término dará solución a la\r\ncobertura de personal técnico hasta que pueda ejecutarse el proyecto de\r\nreformulación de su estructura organizativa.\r\n\r\nATENTO: a las consideraciones precitadas y a lo dispuesto en los artículos\r\n30 a 43 de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002 con la modificación\r\ndada por el artículo 18 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre de 2005 y por\r\nel artículo 49 de la Ley 18.046 de 24 de octubre de 2006.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/551-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase en forma excepcional a la Unidad Ejecutora 041 \"Dirección\r\nNacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica\" del Inciso 03\r\n\"Ministerio de Defensa Nacional\" a la realización de hasta 15 (quince)\r\ncontratos de trabajo a término de personal técnico en lo referente a\r\ncontroladores de tránsito aéreo en las condiciones dispuestas en los\r\nartículos 30 a 43 de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002 con la\r\nmodificación dada por el artículo 18 de la Ley 17.930 de 19 de diciembre\r\nde 2005 y lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley 18.046 de 24 de\r\noctubre de 2006.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/551-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  A los efectos de la retribución mensual de cada contrato, la Dirección\r\nNacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica ponderará entre\r\notros elementos la complejidad, especificidad y los conocimientos técnicos\r\nrequeridos para el desempeño de la tarea a contratar, no superándose en\r\nningún caso el tope de $ 15.366,05 (pesos uruguayos quince mil trescientos\r\nsesenta y seis con 05/100) nominales, monto que se será incrementado por\r\ntodos los aumentos que dicte el Poder Ejecutivo para la Administración\r\nCentral.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/551-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  El plazo máximo de contratación es de 12 meses.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/551-2008/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Los contratos que se suscriban serán financiados con cargo al Objeto del\r\nGasto 095.002 \"Fondo de Contrataciones\" a cuyos efectos se autoriza en la\r\nDirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica, la\r\ntransposición en la Financiación 1.2 \"Recursos con Afectación Especial\",\r\nque cuenta con disponibilidad financiera, del crédito del Objeto del Gasto\r\n099 \"Otras Retribuciones\" al Objeto del Gasto 095.002 \"Fondo de\r\nContrataciones\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/551-2008/5" 
 ,"textoArticulo" : "  La Contaduría General de la Nación realizará los abatimientos y refuerzos\r\nnecesarios para atender dichas contrataciones.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/551-2008/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil\r\ne Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - JOSE BAYARDI - ALVARO GARCIA\r\n " 
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