SANIDAD ANIMAL. PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA RABIA EN HERBIVOROS Y OMNIVOROS DOMESTICOS




Promulgación: 31/12/2007
Publicación: 15/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1753

Artículo 3

 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Salud
Pública, podrán disponer la vacunación contra la enfermedad, así como
también la suspensión de la misma, en el ámbito de sus respectivas
competencias, cuando la situación sanitaria lo amerite.
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