SANIDAD ANIMAL. PLAN NACIONAL DE LUCHA CONTRA LA RABIA EN HERBIVOROS Y OMNIVOROS DOMESTICOS




Promulgación: 31/12/2007
Publicación: 15/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1753

Artículo 2

 Las acciones sanitarias que sea necesario aplicar para el control de la
enfermedad, serán coordinadas con el Ministerio de Salud Pública en la
materia de su competencia.
La autoridad sanitaria podrá requerir directamente la colaboración de
instituciones públicas y privadas para la implementación de las acciones
inherentes a la lucha contra la enfermedad.
Ayuda