LINEAS DE ACCION PARA REFORMA Y MEJORAS DEL REGISTRO DE INFORMACION BASICA DE EMPRESAS. PROYECTO SINARE




Promulgación: 09/02/2010
Publicación: 23/02/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 272
Referencias a toda la norma
VISTO: el informe "Doing Business" del año 2010 que elabora anualmente el
Banco Mundial, del que surge que nuestro país se encuentra en el puesto
114 en 183 economías estudiadas, respecto a la facilidad para hacer
negocios y en el lugar 132 en el proceso de Apertura de Empresas.

RESULTANDO: I) que investigaciones realizadas en América Latina revelan
que la burocratización de los trámites para el registro y funcionamiento
de las empresas, es un importante obstáculo para los emprendedores que
impacta negativamente el entorno en el cual éstos tienen que desempeñarse,
afectando el desarrollo económico de los países.

II) que los empresarios a través de sus representantes han expresado en
reiteradas oportunidades la necesidad de transformar esta realidad.

III) que en el marco de las políticas definidas por el Gobierno Uruguayo
para el quinquenio 2005 - 2010 ejecutadas a través de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, se encuentra la Transformación Democrática del
Estado, siendo una de las líneas de acción el Proyecto Sinare: Creación
del Sistema Nacional de Registro de Empresas, cuyo objetivo principal es
la reforma del sistema de registro de información de empresas en el
Uruguay y la simplificación de los trámites necesarios para la creación y
apertura de empresas en el ámbito nacional.

CONSIDERANDO: I) que del estudio surge que no sería suficiente con un
proceso de simplificación administrativa para provocar mejoras sustantivas
en esta realidad del país.

II) en las etapas cumplidas del Proyecto han participado a través de sus
respectivas contrapartes los siguientes organismos: Auditoría Interna de
la Nación, Banco de Seguros del Estado, Banco de Previsión Social,
Dirección General Impositiva, Inspección General de Trabajo y Seguridad
Social y Registro Nacional de Comercio quienes han validado las
conclusiones del diagnóstico y oportunidades de mejora a seguir. Estas
oportunidades de mejora muestran la posibilidad de avanzar en un conjunto
de medidas que permitan simplificar el múltiple registro de información
básica de empresas, disperso en distintas instituciones, disminuyendo
sensiblemente el peso de estas actividades en la labor de las empresas.

III) que en esta fase del Proyecto es necesaria la aprobación de las
líneas de acción previstas, haciendo expresa la voluntad del Poder
Ejecutivo en avanzar en la implantación de las mejoras propuestas e
invitar a los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Gobiernos
Departamentales y entidades que representan a emprendedores y empresarios
a ser partícipes de esta iniciativa.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el inciso 5° del artículo 230
de la Constitución Nacional, a lo informado por la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto y a lo dispuesto por el artículo 160 de la Constitución de
la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Aprobar las líneas de acción para la reforma y mejoras vinculadas al
registro de información básica de empresas a lo largo de su ciclo de vida,
que se adjuntan (*) y forman parte de este Decreto, las que serán conducidas por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través del Proyecto correspondiente en forma coordinada con los Incisos y Unidades Ejecutoras de la Administración Central que corresponda.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

 Cometer a la OPP en coordinación con los Incisos de la Administración
Central el desarrollo de las acciones y procedimientos necesarios a
efectos de simplificar los trámites pertinentes y el aseguramiento de los
resultados en los plazos previstos, pudiendo realizar acuerdos
interinstitucionales para la prestación conjunta de servicios vinculados
al objetivo del Proyecto.

Artículo 3

 Exhortar a los Entes Autónomos, Servicios Descentralizados y Gobiernos
Departamentales a participar en este proceso de reforma a través de sus
representantes, facilitando la información, los recursos y las decisiones
necesarias para la implementación de las acciones que sean conjuntamente
acordadas.

Artículo 4

 Invitar a las instituciones que representan a los emprendedores y
empresarios a que se integren a este proceso a través de sus
correspondientes representantes.

Artículo 5

 Habilitar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a suscribir los
Convenios Marco necesarios para la participación de todos los actores
involucrados.

Artículo 6

 Comuníquese, publíquese y archívese.

 

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ANDRES MASOLLER - GONZALO FERNANDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - ROBERTO KREIMERMAN - JULIO
BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - JACK
COURIEL - MARINA ARISMENDI
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