{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "55" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DEL COMITE DE COORDINACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECUPERACION\r\nURBANA\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/03/10/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/02/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/03/1997" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 259 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Fe de erratas publicada/s:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN03140001-1997/1\" >14/03/1997</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN04030001-1997/1\" >03/04/1997</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "    Visto: la elaboración del diseño y formulación del Programa Nacional\r\nde Recuperación Urbana a ser presentado para su financiamiento al Banco\r\nInteramericano de Desarrollo;\r\n\r\n   Resultando: I) que en dicha operación se otorgará un financiamiento\r\ndestinado a implementar acciones de fortalecimiento institucional, así\r\ncomo mejoramiento de los servicios a cargo de los distintos organismos\r\nintegrantes del Programa;\r\n\r\n   II) que se hace necesario generar un ámbito de coordinación de las\r\nactividades a desarrollar en el marco del referido Programa a través de\r\nun Comité integrado con los organismos involucrados en el Programa\r\nNacional de Recuperación Urbana que será ejecutado por el Banco\r\nHipotecario del Uruguay;\r\n\r\n   Atento: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n               El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/55-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase un Comité de Coordinación del Programa Nacional de Recuperación\r\nUrbana, que estará integrado por el Presidente del Banco Hipotecario del\r\nUruguay y un representante de cada uno de los siguientes organismos:\r\nMinisterio de Economía y Finanzas; Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas; Ministerio de Educación y Cultura; Ministerio de Vivienda,\r\nOrdenamiento Territorial y Medio Ambiente; Intendencia Municipal de\r\nMontevideo; Administración Nacional de Telecomunicaciones; Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto y un representante de las Intendencias\r\nMunicipales del Interior designado por el Congreso de Intendentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/55-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Será cometido del Comité coordinar entre los distintos organismos\r\nintegrantes del Programa las actividades del Programa Nacional de\r\nRecuperación Urbana cuyo ejecutor es el Banco Hipotecario del Uruguay a\r\ncuyos efectos podrá solicitar la intervención de organismos nacionales e\r\ninternacionales.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/55-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El Presidente del Banco Hipotecario del Uruguay presidirá el Comité\r\nCoordinador y será quien representará a la República Oriental del Uruguay\r\nen todos los actos, contratos y documentos relacionados con la ejecución y\r\ndesarrollo del Programa. Cuando de esos actos, contratos o documentos\r\nderiven compromisos de carácter económico o gastos para el Estado, se\r\nrequerirá previo dictamen favorable de la Oficina de Planeamiento y\r\nPresupuesto.\r\n   El organismo ejecutor podrá solicitar dicho dictamen para varios de los\r\nmismos en forma conjunta, en base a un plan de actividades para un período\r\ndeterminado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/55-1997/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Las reuniones del Comité serán convocadas por su Presidente. Se\r\ncelebrarán un mínimo de cuatro reuniones anuales no pudiendo mediar entre\r\ncada una de ellas un período de tiempo superior a los tres meses.\r\n   El Secretario Técnico del Programa presentará en cada reunión un\r\ninforme de progreso y la documentación relacionada con la ejecución y\r\ndesarrollo del Programa.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/55-1997/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JUAN CHIRUCHI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA -\r\nRAUL ITURRIA - LUCIO CACERES\r\n " 
 }