MODIFICACION DE LA DENOMINACION DEL TIMBRE PODER JUDICIAL POR "TIMBRE JUSTICIA ORDINARIA"




Promulgación: 04/10/1977
Publicación: 20/10/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 757
Referencias a toda la norma
  Visto: que en el anteproyecto de presupuesto correspondiente a la
Justicia Ordinaria, elevado por la Corte de Justicia, se propone el
aumento del Timbre Poder Judicial (Artículo 141 de la ley 14.100, de fecha
29 de diciembre de 1972).

  Resultando: Que el valor actual del mencionado timbre es de N$ 2.00 (dos
nuevos pesos), según lo determinado por el artículo 357 de la ley 14.416,
de 28 de agosto de 1975,

  Considerando: I) Que en virtud del decreto constitucional 8/977, de 1º
de julio de 1977 (Acto Institucional 8) procede cambiar la denominación
del tributo;

  II) Lo dispuesto en el artículo 363 de la ley 14.416 de 28 de agosto de
1975;

  III) Las variaciones producidas en los índices económicos y en los costos del servicio desde la fijación del actual valor del timbre,

  El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase la denominación del tributo creado por el artículo 141 de la
ley 14.100, de 14 de marzo de 1973, el que en lo sucesivo se denominará
"Timbre Justicia Ordinaria".

Artículo 2

   Establécese que el valor de dicho timbre será de N$ 4.00 (nuevos pesos
cuatro) desde el mes inmediato siguiente al de la fecha de publicación del
presente acto administrativo.

Artículo 3

   Publíquese, comuníquese y archívese.

  MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA - ERNESTO ROSSO
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